La Formación Continua Bonificada está regulada por el Real Decreto 395/2007, publicado en el BOE n. 87 del Miércoles 11 de Abril de 2007.
Establece que todas las empresas (incluyendo ONGs, Fundaciones ó Asociaciones sin Ánimo de Lucro)
con empleados contratados que cotizan a la Seguridad Social disponen de
un crédito anual que podrán utilizar para la formación de sus
trabajadores y descontar su importe como bonificación a través de los seguros sociales.
Se denomina Crédito Formativo.Su cuantía está en función del número de trabajadores.
El crédito es anual.
Todos
los años, las empresas disponen de un nuevo crédito; no puede
acumularse ni usarse para otro concepto que no sea la formación.
Como mínimo este crédito es de 420,00€.
El crédito formativo que no se utiliza se pierde.
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